En la Asamblea General de asociados de la Sociedad Española de Neumología y Cirugía Torácica (SEPAR) del 14 de noviembre del 2020, y a propuesta de la Junta Directiva de la Sociedad, se aprobó la modificación parcial del artículo 22 de los Estatutos1. Esta modificación incluía la introducción de un nuevo apartado, el marcado como número 3, en el que se regula las relaciones que el socio debe tener con la industria tabaquera2. Esta modificación estatuaria viene a completar lo establecido en los códigos de buen gobierno, tanto de la SEPAR como de la Fundación Respira3,4, en los que se establece en el artículo 5 punto 4 de ambos documentos que ningún miembro de cualquier órgano de gobierno de la Sociedad ni ningún patrono de la Fundación podrán mantener relaciones comerciales con la industria del tabaco, y sus actuaciones se deben adecuar siempre a lo estipulado por el Convenio Marco de la OMS para el control del tabaco5. Con esta modificación estatutaria la SEPAR se incorpora a lo establecido, en cuanto a la relación entre sus socios y la industria del tabaco, por las más importantes Sociedades Científicas Neumológicas Internacionales: European Respiratory Society, American Thoracic Society, Asociación Latinoamericana del Tórax, British Thoracic Society y el Foro de Enfermedades Respiratorias6–10.
Los objetivos de la industria tabaquera, que vende un producto que mata al 50% de aquellos que lo consumen, siendo este un hecho bien conocido por la propia industria, que aun así desde hace años ha decidido continuar con su producción masiva y promoción de su consumo, hace imposible que los profesionales sanitarios, en este caso los expertos en salud respiratoria, podamos mantener cualquier tipo de colaboración con ese sector. Los principales objetivos de los socios que nos agrupamos en torno a la SEPAR son promover la salud pulmonar y prevenir las enfermedades respiratorias y torácicas. Estos objetivos son totalmente incompatibles con aquellos que promueve la industria tabaquera. Es justo y razonable que en los estatutos de la SEPAR se haga constar la obligada renuncia a la colaboración o asesoramiento o a la obtención de beneficios patrimoniales o remuneración por parte de los socios, procedentes de la industria tabaquera.
Es de destacar que el Convenio Marco de la OMS para el control del tabaquismo en su artículo 5 punto 3 establece que las partes deben obrar de manera que sus políticas de salud pública en relación con el tabaquismo queden protegidas de los intereses comerciales de la industria tabaquera5. Además, en otro documento se regulan las directrices para la correcta aplicación de este punto 3, y en el mismo se puede leer que las administraciones u otras instituciones públicas, así como los funcionarios públicos que trabajan para estas administraciones tienen la obligación de no colaborar con las tabaqueras11.
Tradicionalmente se han establecido 3 funciones que deben cumplir los profesionales sanitarios para ayudar a la prevención y al tratamiento del tabaquismo: la modélica, la educadora y la terapéutica. Las 2 últimas hacen referencia a las aptitudes que estos profesionales deben mostrar con la población general, para prevenir a los jóvenes del inicio al consumo del tabaco, para enseñar a los sujetos los beneficios del abandono del tabaco y los riesgos del consumo del mismo y para ayudar a los fumadores a dejar de serlo12.
La función modélica hace referencia a las actitudes que los profesionales sanitarios debemos tener con respecto al tabaquismo. Dentro de esta función se encuadra, además de nuestro comportamiento como no fumadores, dejar claro nuestro rechazo a todo aquello que tenga que ver con la promoción o la difusión de cualquier producto relacionado con el tabaco. Es, precisamente, en el cumplimiento de esta función modélica donde se incluiría el rechazo que debemos expresar al mantenimiento de relaciones con la industria tabaquera, rechazo que ya ha quedado claramente estipulado en los estatutos de nuestra sociedad.
La SEPAR se ha destacado por ser la sociedad científica española pionera en llevar a cabo las más destacadas actividades en favor del control del tabaquismo: creó el «Comité de lucha antitabáquica» en 1967, cuando para la sociedad general española el tabaquismo era apenas reconocido como un mal hábito; en 1992 organizó el primer congreso médico libre de humo que se celebró en España y que tuvo lugar en la ciudad de Granada, en 1994 fundó la Revista Prevención del tabaquismo como primera publicación científica monográfica sobre tabaquismo en lengua castellana y en 1995 editó la primera edición del Manual de tabaquismo que ha servido para formar en esta disciplina a un buen número de profesionales sanitarios españoles. Además, la SEPAR ha sido pionera en redactar documentos técnicos, guías y recomendaciones sobre el tratamiento del tabaquismo tanto en fumadores sin afecciones asociadas como en fumadores con enfermedades respiratorias13. Ahora esta modificación de estatutos viene a confirmar que nuestra sociedad sigue dando pasos no solo científicos, sino además también institucionales en favor de la sensibilización para el control de esta enfermedad que mata a más de 1.000 españoles cada semana14.