La industria farmacéutica contribuye al desarrollo de nuevos medicamentos, promueve ayudas a la investigación y colabora en la formación médica continuada. Aunque esta relación con la práctica médica es beneficiosa y deseable, podrían anteponerse así intereses comerciales al beneficio de los pacientes y comprometer la integridad profesional. Los congresos y reuniones de la Sociedad Española de Neumología y Cirugía Torácica (SEPAR) aglutinan distintas parcelas del conocimiento, incluyendo aspectos como la bioética, la gestión y la comunicación, centrados en el paciente. Los congresos y reuniones de la SEPAR deben proporcionar beneficios económicos suficientes para reinvertirlos en investigación y demás fines que quedan reflejados en los Estatutos de la SEPAR, para garantizar la solvencia, la sostenibilidad y la independencia económica de la Sociedad. La SEPAR ha desarrollado un estricto reglamento que regula el patrocinio y la acreditación de las actividades formativas, buscando armonizar los intereses de la industria con la necesaria independencia, en línea con la preocupación constante por mantener la buena práctica médica y cumplir todos los aspectos éticos. Este reglamento es útil desde el punto de vista organizativo y logístico, y necesario para prevenir o resolver eventuales conflictos de intereses. Las sociedades científicas deberían regular algunas prácticas comunes que puedan originarlos.
The pharmaceutical industry contributes to the development of new drugs, provides funding for research and collaborates in continuing medical education. Although this relationship with medical practice is beneficial and desirable, commercial interests could potentially eclipse patient benefits and compromise professional integrity. Congresses and meetings of the Spanish Society of Pneumology and Thoracic Surgery (SEPAR) agglutinate different spheres of knowledge, including aspects such as bioethics, management and communication, always centered on patient and their well-being. SEPAR congresses and meetings should provide sufficient economic benefits to be reinvested in research and other purposes which are reflected in SEPAR statutes in order to ensure the solvency, sustainability and economic independence of the Society. SEPAR has developed strict regulations governing the sponsorship and accreditation of training activities while striving for a balance between the interests of the industry and its own necessary independence, which results from the constant concern for maintaining good medical practice and complying with ethical aspects. This regulation is useful from an organizational and logistical standpoint, and it is necessary to prevent or resolve any possible conflicts of interest. Scientific societies should regulate common practices that could potentially result in conflicts of interest.
La influencia de la industria farmacéutica en la práctica médica es una realidad innegable. Esta relación incluye aspectos beneficiosos y deseables, como su contribución al desarrollo de nuevos medicamentos, las ayudas a la investigación y la colaboración en la formación médica continuada, junto con aspectos menos recomendables, como la posibilidad de anteponer intereses comerciales al beneficio de los pacientes1.
Además de contribuir en un porcentaje elevado al soporte económico de la financiación de la investigación médica, en España la financiación de la formación médica continuada recae principalmente sobre la industria farmacéutica. Esto es debido, entre otros factores, a la escasez de recursos que dedica la administración sanitaria a la formación de sus profesionales y a los menores salarios del personal sanitario, comparados con otros países de la Unión Europea. Esta situación hace prácticamente inviable la formación médica continuada sin la ayuda de la industria, aunque precisamente este apoyo no se considera deseable por parte de algunos sectores académicos, ya que en lo que concierne a la inversión en investigación por la industria y su influencia sobre las publicaciones, se argumenta que podría distorsionar la evidencia científica y dificultar la evaluación independiente de los datos2,3.
La implicación de la industria farmacéutica en la educación médica es precisamente uno de los campos que pueden generar conflictos de intereses, por lo que es imprescindible una estricta separación para lograr una formación crítica, no sesgada y basada exclusivamente en la evidencia científica. Esta independencia es tanto más importante en cuanto que puede afectar a la redacción de guías de práctica clínica o documentos de consenso que influyen directamente en la atención a los pacientes. En este sentido, una reciente encuesta mostró que eran habituales las relaciones entre miembros dirigentes de sociedades científicas y la industria, y que aquellos habían participado en las decisiones acerca de protocolos patrocinados por empresas con las que tenían relación financiera, concluyendo que era necesario revisar las directrices para manejar de una manera adecuada los conflictos de intereses4.
En los últimos años, distintas publicaciones de reconocido prestigio han abordado de forma crítica estos aspectos5-11, y el debate acerca de la severidad de las normas éticas establecidas en las relaciones del profesional sanitario con la industria permanece abierto y en constante evolución12-14.
En el año 2006 y 2009, la American Board of Internal Medicine Foundation (ABIM) y el Institute on Medicine as a Profession (IMAP) publicaron recomendaciones conjuntas sobre los conflictos de intereses15,16. Por otra parte, la American Medical Association (AMA) dispone de un comité específico dedicado a las perspectivas concernientes a la ética médica, la bioética y los temas jurídicos, profesionales, etc.17. Básicamente, aborda todos los aspectos relacionados con la influencia actual de los incentivos del mercado, como desafío al primer principio del profesionalismo médico que es el compromiso de anteponer el interés por los pacientes, sin recibir interferencias en la toma de decisiones.
La AMA define conflicto de interés en la relación médico-industria «cuando el interés económico de un médico entra o amenaza con entrar en conflicto con el mejor interés de y para su paciente»18. Otras definiciones propuestas incluyen la «condición donde un juicio o acción que debería estar determinado por un valor primario, definido por razones profesionales o éticas, podría estar o aparecer influido por un segundo interés»7.
Para remediar la actual situación y prevenir futuros compromisos con la integridad profesional, las instituciones académicas y las sociedades científicas deberían regular o tomar posiciones acerca de algunas prácticas comunes que constituyen conflictos de intereses con compañías farmacéuticas, de electromedicina o empresas suministradoras de servicios. Si bien algunas sociedades internacionales han elaborado criterios en este sentido15,16,19, son escasas las sociedades científicas españolas que abordan estos aspectos generales, y menos de forma pormenorizada20-23.
En consonancia con las premisas anteriores, el objetivo del presente trabajo ha sido analizar y dar a conocer cómo aborda la Sociedad Española de Neumología y Cirugía Torácica (SEPAR) los posibles conflictos de intereses y los aspectos éticos de los congresos y reuniones científicas de la SEPAR, en la búsqueda de puntos de encuentro entre las actividades de formación y puesta al día del conocimiento médico, con los intereses de la industria farmacéutica, en el contexto de la realidad actual.
Marco normativo de la Sociedad Española de Neumología y Cirugía TorácicaLos Estatutos de la SEPAR, en su artículo 4, señalan que las actividades propias de la Sociedad serán la promoción de la investigación en temas de salud y medicina respiratoria y torácica; la celebración de un Congreso Nacional anual, cuyos objetivos serán, al menos, la presentación y discusión de problemas médicos y quirúrgicos referentes a la salud y la medicina respiratoria y torácica, el debate científico sobre hallazgos, resultados y datos relacionados con estos mismos aspectos, la búsqueda de acuerdos y consensos de interés para la comunidad científica relacionada con la fisiología, la epidemiología y la patología respiratoria y torácica, el intercambio de opiniones sobre temas científicos y profesionales referentes a la salud y la medicina respiratoria y torácica, el desarrollo de actividades educativas y de formación continuada, y la exposición y análisis de cuantas cuestiones profesionales, educativas, asistenciales, formativas o de investigación puedan ser de interés para la Sociedad24.
Igualmente se señala que, para alcanzar estos objetivos, la Sociedad se responsabilizará de velar, mediante los mecanismos que se estimen oportunos, para que la altura científica de este Congreso sea la adecuada y para que su estructura y desarrollo sean óptimos24.
De acuerdo con sus estatutos, además del Congreso anual, la SEPAR se responsabiliza de la organización de cursos, reuniones, conferencias, simposios, cursillos, talleres, seminarios o cualquier otro acontecimiento científico o profesional sobre materias propias de la salud y la medicina respiratoria y torácica, cuando así lo decidan los órganos directivos de la Sociedad o, por delegación, sus estructuras organizativas o de gestión. La SEPAR presta su colaboración con los miembros de la Sociedad que así lo requieren en la organización, gestión, patrocinio o supervisión de cursos, seminarios, reuniones o cualquier otro tipo de acontecimiento científico o profesional que sea promovido por dichos miembros, previa la correspondiente solicitud de ayuda y siempre de acuerdo con lo que reglamentariamente se determine y la difusión de las actividades que organice la Sociedad, y la de cuanta información científica y profesional se estime necesaria, tanto a la comunidad científica y a la administración sanitaria como a los enfermos y a la población general, en relación con los fines y objetivos antes referidos.
En 2008 se elaboró el Reglamento de Congresos y Reuniones de Invierno Conjuntas de las Áreas de SEPAR, actualizado en 2011 y 201225, que con un sentido amplio y al mismo tiempo pormenorizado recoge la mayoría de los aspectos, no solo organizativos en cuanto a la composición y funciones del Comité de Congresos (CCO), las funciones del Presidente del Comité Organizador Local, las relaciones del CCO con la Junta Directiva y con los distintos Comités Asesores, sino que a su vez regula aspectos relativos a la financiación de ponentes, relaciones con la industria, medios de comunicación, difusión del Congreso y relaciones con las empresas proveedoras de servicios. Este reglamento aborda determinados aspectos éticos, por lo que gran parte del material expuesto en el presente trabajo se ha reelaborado a partir de este documento, además de la consulta con fuentes bibliográficas específicas.
Aspectos éticos del Congreso Nacional de la Sociedad Española de Neumología y Cirugía TorácicaEl Congreso Nacional, junto con las Reuniones Conjuntas de Invierno de las Áreas, representa la manifestación científica más importante de la SEPAR. El Congreso constituye un foro de divulgación de los avances científicos y de las novedades tecnológicas, diseñado para el intercambio de conocimientos entre especialistas en medicina respiratoria y torácica (neumólogos, cirujanos torácicos, enfermería y fisioterapeutas respiratorios) y también con médicos de otras especialidades y distintas profesiones relacionadas, así como con especialistas de otros países.
El Congreso es el marco natural para difundir la imagen institucional de SEPAR y hacer copartícipe a la sociedad civil de sus actividades científicas, especialmente dirigidas a los pacientes, y a los medios de comunicación. El Congreso constituye una oportunidad participativa de las actividades de SEPAR-Solidaria y SEPAR-Pacientes.
El Congreso aglutina las distintas parcelas del conocimiento, incluyendo áreas como bioética, gestión y comunicación, fundamentales en la medicina actual, centrada en el paciente y que forzosamente ha de respetar sus creencias y expectativas. La estructura del Congreso, además, favorece y facilita las relaciones entre las distintas áreas de SEPAR. Su propósito es el desarrollo y la promoción de la medicina respiratoria en España y el intercambio de conocimientos entre sus socios. Este Congreso es el instrumento a partir del cual se difunde el conocimiento médico de nuestra especialidad, y se informa y forma a los asistentes mediante cursos, sesiones científicas, simposios, talleres y la exposición comercial (fig. 1).
En el citado Reglamento25 se señala que la SEPAR debe organizar su Congreso anual con un alto sentido y contenido ético. La presencia de la industria en el mismo es imprescindible, al ser esta un importante factor de desarrollo e innovación en el campo del diagnóstico y la terapéutica respiratoria. Sin embargo, en ocasiones el interés científico primario podría estar distorsionado al desviarse la atención hacia consideraciones más comerciales que médicas, mermando de ese modo su intrínseco carácter profesional o dañando los objetivos esenciales de la organización.
Por estas elementales razones, la organización del Congreso Nacional de la SEPAR está sujeta a una reglamentación estricta de patrocinio y acreditación de actividades formativas, buscando armonizar los legítimos intereses de las compañías participantes y expositores de la industria, con la necesaria independencia de criterio de la SEPAR.
Actividades formativasEl Congreso Nacional SEPAR y las reuniones conjuntas de las áreas, en su condición de importante foro de formación continuada y de posgrado, configurará un programa amplio y unos contenidos actualizados que permitan al participante alcanzar óptimos niveles formativos en el área respiratoria. Los temas seleccionados se dirigirán a neumólogos y cirujanos torácicos en periodo de residencia de la especialidad, neumólogos, cirujanos torácicos, diplomados universitarios en enfermería y fisioterapeutas que trabajen en el campo de la medicina respiratoria (titulados con plenas responsabilidades), médicos de atención primaria y otros facultativos con especialidades afines interesados en la formación respiratoria.
Los criterios de selección tanto de la ciudad sede de las actividades congresuales de SEPAR, que en ningún caso será elegida por su posible atractivo turístico, como de los hoteles, se regirán por las normas de la Unidad Deontológica de Farmaindustria vigente en el momento de la celebración del evento. En la actualidad, esta normativa vigente viene reflejada en el Código Español de Buenas Prácticas de Promoción de Medicamento y de Interrelación de la Industria Farmacéutica con los Profesionales Sanitarios en su edición de octubre 201026-28, y son las siguientes:
Con carácter general se considera que los hoteles de cuatro estrellas constituyen el estándar adecuado para la celebración de reuniones científico-profesionales. No obstante lo anterior, excepcionalmente podría ser admisible el uso de un hotel de cinco estrellas, de concurrir las siguientes circunstancias:
- -
Gran afluencia de profesionales sanitarios (al menos 200).
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Hotel de negocios —no ostentoso— situado en el casco urbano consolidado, y
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Sede del evento
El programa científico del Congreso SEPAR agrupa un primer bloque que incluye el programa propiamente dicho, con las denominadas sesiones institucionales, el programa de las áreas y los cursos, y un segundo apartado en el que se inscriben otras actividades promocionadas por la industria, aunque bajo el estricto control del CCO.
Programa del CongresoSe incluyen las Sesiones Institucionales, promovidas a instancia del Presidente de SEPAR o de la Junta Directiva, o aceptadas por la Junta Directiva, a propuesta del CCO. Tienen este carácter institucional las que se llevan a cabo de forma conjunta con otras Sociedades científicas de la especialidad o especialidades afines, nacionales o internacionales, y otras que se consideren de interés para la política estratégica de la SEPAR. Son también de carácter institucional la Conferencia Magistral Manuel Tapia, la Conferencia Lección Joven y otras que puedan favorecer elementos integradores entre los miembros de la SEPAR, como sesiones con contenido clínico, docente, investigador o de gestión, preferiblemente multidisciplinar o general, u otras que se consideren oportunas, a propuesta de la Junta Directiva, de los comités técnicos asesores o de los órganos de expresión de la SEPAR.
Otro aspecto importante de los aspectos formativos de los Congresos SEPAR son los cursos del Congreso que se celebran a propuesta de las áreas de trabajo o por recomendación del CCO en razón de su demanda e interés, y los foros de médicos residentes en formación, que se desarrollan actualmente el primer día del Congreso, bajo la tutoría de expertos senior, coordinados por el CCO y por el Comité de Formación Continuada.
El tercer aspecto del programa del Congreso SEPAR es el correspondiente a las áreas de trabajo de SEPAR, que consta de simposios, conferencias y comunicaciones científicas, en sus distintos formatos, y que tienen asignados tiempos anualmente.
Basados en la filosofía de que en la concepción actual del Congreso todas estas actividades y sus contenidos tienen un carácter formativo, deben ser programadas exclusivamente por el CCO de la SEPAR, en armonización con la Junta Directiva de la SEPAR, los coordinadores de área y otros comités asesores implicados, como son el Comité de Docencia y Formación Continuada, el Comité de Relaciones Internacionales, el Gabinete de Comunicación y cuantas colaboraciones se considere necesarias.
En el apartado 2 del Reglamento del CCO se señala que serán competencia y función del mismo, entre otras, la coordinación, la organización, la planificación y la gestión económica de todas las actividades relacionadas con los congresos anuales de la Sociedad y de las reuniones de invierno de la Sociedad, así como la vigilancia, el control y la fiscalización de cualquier empresa externa de servicios que pudiera contratarse a los efectos mencionados en este mismo apartado. Asimismo, será el encargado de la gestión de las relaciones con la industria en todo lo que se refiera a los congresos anuales y a las reuniones de invierno de la Sociedad, sin perjuicio de lo que competa a las áreas de trabajo.
En el aspecto específico referido al Director/a del CCO, además de ser el responsable de los aspectos organizativos, será de su competencia supervisar la sede del Congreso y las de las Reuniones de Invierno Conjuntas y representar a la Junta Directiva de la SEPAR en las presentaciones a la industria previas al desarrollo del Congreso, establecer contactos y reuniones con la empresa organizadora profesional (OPC) para la coordinación de todas las actividades, proponer a la Junta Directiva, para su aprobación, los simposios satélites solicitados por la industria, comprobando que cumplen los requisitos necesarios de calidad científica, supervisar los documentos oficiales del Congreso para que contengan la información correcta según las directrices de la Junta Directiva, y presentar un presupuesto económico antes de la realización del Congreso, así como una memoria económica después del mismo.
Estas actividades del Congreso, principalmente las referidas a los cursos, foros de médicos especialistas en formación, simposios, conferencias, almuerzos con el profesor, mesas redondas, etc., necesariamente deberán reunir los siguientes requisitos:
- a.
La presentación de la información médica debe ser objetiva, y esta responsabilidad recae en los proveedores de formación médica continuada y en la SEPAR.
- b.
La educación facilitada por la SEPAR a través de los congresos y reuniones debe ofrecer una formación basada en 2 premisas: transmisión del conocimiento por expertos e información refrendada por la mejor evidencia científica disponible.
- c.
La información debe ser siempre objetiva e imparcial, y los profesores o ponentes no deben aceptar ningún tipo de patrocinio que otorgue el derecho al patrocinador a influir en los programas.
- d.
Cuando el profesorado y los ponentes deban usar nombres comerciales en una presentación se deben citar, genéricamente, productos o servicios similares de varias compañías.
- e.
El profesorado y los ponentes deben hacer constar a los asistentes la procedencia de la documentación y del material iconográfico proporcionados por la industria.
- f.
La SEPAR no considera aceptable ningún tipo de ayuda que posibilite a la industria, como contraprestación, seleccionar a los moderadores, ponentes, temas, contenidos o documentación.
- g.
Los derechos de propiedad intelectual del material formativo corresponderán a sus autores, a la SEPAR o, a lo sumo, en copropiedad con el patrocinador.
El siguiente apartado de los congresos hace referencia a la organización de simposios científicos patrocinados por las empresas farmacéuticas o comerciales. Se incluyen aquí los denominados simposios paralelos o satélites, los recientemente introducidos Aires de Debate o aquellos que con un carácter promocional puedan incluirse en el futuro. La SEPAR acepta la posibilidad de que se organicen este tipo de simposios y reuniones patrocinadas por la industria, pero se reserva el control científico y técnico de los mismos antes de su aceptación. Estas reuniones son un instrumento de formación continuada y tradicionalmente han sido configuradas por la propia industria, ya que tiene la necesidad de transmitir información sobre los resultados de algunos estudios que de una u otra manera se relacionan con los productos que provee.
Sin embargo, existe una estricta regulación en el momento actual, de manera que la realización de estos simposios está sujeta a la siguiente normativa:
- a.
La firma comercial interesada en realizar un simposio científico patrocinado deberá enviar una solicitud por escrito al CCO que incluya título, tema y participantes. El CCO trasladará esa solicitud a la Junta Directiva para su aprobación.
- b.
El desarrollo completo del simposio deberá estar en poder del CCO en la misma fecha en que finaliza la aceptación de comunicaciones, con el fin de incluirlo en los programas del Congreso que se emitan a partir de entonces, haciendo constar el patrocinio de la empresa promotora.
- c.
El simposio se celebrará durante los días del Congreso, incluyendo el día de la inauguración, fuera de los horarios del Congreso. El día de celebración se negociará entre el CCO y la empresa promotora, estableciéndose la prioridad según la fecha de entrada de la solicitud por escrito.
- d.
La realización del simposio paralelo está sujeta a una contraprestación económica que será establecida por la Junta Directiva.
- e.
Los gastos derivados de la infraestructura del simposio (traducción simultánea, azafatas, medios técnicos, etc.) correrán a cargo de la firma promotora. Para el desarrollo de esta infraestructura, la firma promotora contactará con la OPC de la SEPAR, que le informará sobre los medios que aporta el Congreso y los que deberán ser aportados por la firma promotora.
- f.
Asimismo, correrán a cargo de la empresa promotora los gastos derivados de los ponentes.
- g.
El Comité Organizador del Congreso asignará la sala donde deba desarrollarse el simposio.
- h.
La empresa promotora de un simposio paralelo tiene derecho a la inclusión de publicidad del simposio en la documentación oficial del Congreso y obtener el listado de inscritos al Congreso. Cualquier otra publicidad del simposio será negociada con el CCO.
Con el fin de manejar adecuadamente los conflictos de intereses, a veces contrapuestos, y evitar la posibilidad de que la información se haga con una visión unilateral o incompleta, estas actividades formativas deberán regirse por una serie de normas, y en este sentido se recomienda que el diseño del programa y sus contenidos se lleven a cabo con la colaboración científica de las áreas de la SEPAR, aunque no se excluye que haya participantes expertos de la propia industria implicados en dichos campos de investigación y desarrollo tecnológico. De esa manera pueden manejarse adecuadamente los conflictos de intereses, a veces contrapuestos, y evitar la posibilidad de que la información se haga con una visión unilateral o incompleta.
Ciertos aspectos éticos, al margen de los puramente organizativos anteriormente expuestos, deben ser tenidos en cuenta:
- a.
Se hará constar expresamente el patrocinio de la industria en todos los documentos relativos a la sesión (programas, libros o cualquier otro formato documental que se entregue, sea cual fuere su soporte técnico: mecánico, óptico, electrónico, etc.).
- b.
Se evitará el uso del logotipo de la SEPAR o el anagrama del Congreso, salvo en los casos previamente establecidos y autorizados.
- c.
El profesorado y los ponentes pueden ser sensibles a posibles influencias; por ese motivo, deberán facilitar en su exposición una información específica tal que ayude a los discentes a discernir críticamente su contenido y el alcance de los mensajes facilitados.
- d.
El CCO debe aconsejar a los proveedores externos (industria) que sus programas formativos tengan un contenido equilibrado y carezcan de sesgo en la información, tanto a favor como en contra de cualquier producto o servicio.
- e.
Es aceptable el pago de honorarios razonables a los moderadores y ponentes de estas sesiones, así como el reembolso de gastos personales no exagerados que incluyan su desplazamiento y alojamiento.
- f.
El material de promoción que se entregue a los participantes estará exclusivamente relacionado con los contenidos de la sesión.
- g.
Las empresas del sector sanitario pueden asumir la inscripción al Congreso de los participantes. En la línea de transparencia que propugna la SEPAR, toda financiación particular a los asistentes debe estar en condiciones de ser auditada.
- h.
La Fundación RESPIRA (RESPIRA. Fundación Española del Pulmón. SEPAR) es en todo caso la máxima responsable de toda la organización económico-financiera del Congreso y de las reuniones de invierno conjuntas de las áreas.
Una forma destacada e importante de emplear el patrocinio de la industria es mediante becas concretas para asistir al Congreso anual de la SEPAR. Este apoyo es fundamental para facilitar la participación de los profesionales interesados. Tradicionalmente, este tipo de becas, que incluyen la inscripción, el desplazamiento y la estancia al Congreso anual, han estado destinadas a los médicos residentes de neumología, cirugía torácica y DUE y fisioterapeutas respiratorios con menos de 10 años de ejercicio. Aunque la financiación procede de la industria, la estructura logística depende de la propia SEPAR y del CCO, en trabajo conjunto con la OPC correspondiente o, en su caso, de las agencias externas que se consideren idóneas para gestionar con la máxima eficiencia este tipo de ayudas.
En los últimos años se contempla el patrocinio de becas para asistencia a congresos internacionales a los residentes de último año de especialidad que, habiendo sido primeros firmantes en comunicaciones presentadas al Congreso anual, se hayan hecho merecedores, en razón de sus méritos y bajo la evaluación de un tribunal de expertos nombrado a tal efecto, a ser candidatos a recibir este tipo de ayudas. Este tribunal mantendrá su total independencia en la decisión de las mismas, y en la convocatoria de estas becas deberá constar siempre el epígrafe de Beca SEPAR, indicando a continuación el patrocinio de la empresa correspondiente.
Código sobre financiación y relaciones externas del CongresoLos miembros del CCO y del comité organizador local no podrán percibir compensación económica por parte de la industria en concepto de su pertenencia a dichos comités.
Financiación de ponentes y moderadores del Congreso y reuniones conjuntas de áreas- -
Ponentes y moderadores miembros de SEPAR: no estarán financiados por la organización del Congreso.
- -
Ponentes no miembros de SEPAR invitados por las áreas: su financiación correrá a cargo de las áreas de trabajo, excepto si el ponente participara también en un acto institucional o en actividades de más de un área, en cuyo caso los gastos se compartirán con la organización del Congreso o las áreas correspondientes.
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Ponentes institucionales invitados por SEPAR (no miembros de SEPAR), Junta Directiva, Ex Presidentes, Presidentes de Comités Asesores y ponentes de la Conferencia Manuel Tapia y Lección Joven: serán financiados por la organización del Congreso.
Se regirá en todo momento por lo recogido en el Reglamento de Congresos SEPAR25, sin perjuicio de lo recogido en el Código Español de Buenas Prácticas de Promoción de Medicamentos y de Interrelación de la Industria Farmacéutica con los Profesionales Sanitarios, edición 201026-28, que establece que los acuerdos con instituciones, fundaciones, sociedades científicas, organizaciones o asociaciones integradas por profesionales sanitarios, para la prestación por estas de cualquier servicio a una compañía farmacéutica, solo estarán permitidos si dichos servicios:
- -
Se prestan con el propósito de colaborar con la asistencia sanitaria, la investigación, la docencia/formación, o la organización de eventos profesionales o científicos;
- -
Se formalizan documentalmente manteniendo el laboratorio contratante copia de dichos documentos; y
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No constituyen un incentivo para la recomendación, prescripción, compra, suministro, venta o administración de determinados medicamentos.
Dentro del Congreso se establecerá una clara separación entre la promoción de productos (exposición comercial y programa de simposios promovidos por la industria) y la formación e información médica del programa oficial. El Congreso de la SEPAR no podrá aceptar ningún patrocinio que dé derecho a influir sobre el programa oficial del mismo ni sobre la información oficial que se facilite al público. La SEPAR evaluará la información facilitada por la industria en el programa de su Congreso anual.
La organización del Congreso evitará que, bien en nombre del Congreso o en nombre de la propia SEPAR, se promocionen productos o servicios específicos de una empresa, así como el uso indebido de la imagen y de los logotipos de la SEPAR, de la Fundación RESPIRA y de su Congreso.
Las sesiones promovidas por la industria deben aparecer claramente señaladas en todas las publicaciones del Congreso y en la sala de conferencias correspondiente, como sesión patrocinada, con indicación completa de las empresas patrocinadoras. La información editada por los patrocinadores no debe confundirse con las publicaciones oficiales del Congreso. La existencia de patrocinio en las sesiones oficiales del Congreso puede ser aceptable siempre que este se haga constar en declaración expresa, se garantice el carácter independiente de la información facilitada, la SEPAR tenga total libertad en la elección de contenidos, ponentes, moderadores y documentación a entregar y, finalmente, se controle el estricto cumplimiento de esta norma.
La organización del Congreso, con el ánimo de garantizar un programa formativo de la mayor calidad e independencia, obtendrá los certificados de acreditación en formación médica continuada y pondrá a disposición de los asistentes los mecanismos para obtenerlos.
La organización del Congreso deberá velar por la racionalidad en el gasto económico. En todo caso, tanto los actos sociales como la documentación que se edite para los asistentes han de ser razonables y dignos. Los aspectos culturales o sociales no solo deberán estar subordinados a los científicos, sino que no podrán condicionar ni interferir con el programa científico. En particular, el programa social de los participantes no deberá coincidir con el horario del programa científico.
La organización del Congreso deberá sopesar el coste de cada opción de patrocinio que ofrece a la industria con las ventajas que obtienen la SEPAR y los participantes, debiendo exhortar hacia un uso racional de los recursos.
La organización del Congreso aceptará que los gastos de inscripción, viaje y alojamiento de los ponentes y moderadores del programa oficial, sean o no miembros de la SEPAR, estén financiados por patrocinadores. Esta subvención económica se realizará a través de la OPC, y en cualquier caso a través de la Fundación RESPIRA, y no de manera directa entre la compañía patrocinadora y el profesional que interviene.
La financiación de participantes no facultados para prescribir o dispensar medicamentos que son considerados profesionales sanitarios por la Ley 44/2003 de 21 de noviembre de Ordenación de las profesiones sanitarias, está permitida siempre y cuando se apliquen los mismos criterios que se aplican a los profesionales sanitarios con facultades para prescribir o dispensar medicamentos de acuerdo con las disposiciones del Código Español de Buenas Prácticas para la Promoción de los Medicamentos. Igualmente, el artículo 7 de la ley reconoce que son profesionales sanitarios de nivel diplomado los fisioterapeutas y enfermeros. En consecuencia, los psicólogos, los fisioterapeutas y el personal de enfermería son profesionales sanitarios según lo previsto en la citada ley y, por tanto, las invitaciones dirigidas a ellos están permitidas siempre y cuando respeten las disposiciones del Código.
Se aceptarán únicamente patrocinadores que ofrezcan productos o servicios pertinentes para la prevención, el diagnóstico, el tratamiento o la rehabilitación del paciente con patología respiratoria, así como para la práctica profesional de los asistentes.
Las opciones de patrocinio han de ser adecuadas al carácter formativo y profesional del Congreso, evitándose las que puedan dañar la buena imagen del mismo. En general, se evitarán las actividades patrocinadas que creen apariencia de falta de independencia o que impliquen un compromiso de los participantes con el patrocinador.
La SEPAR cumplirá y hará cumplir en su Congreso las normas que estén en vigor sobre publicidad de medicamentos y productos sanitarios.
La SEPAR deberá establecer mecanismos adecuados y eficaces para conseguir el cumplimiento efectivo de este Código y de las normas que de él se deriven, sin perjudicar el interés y el trato debido a todos los miembros de SEPAR.
ConclusionesEl Congreso anual y las reuniones conjuntas de invierno son por sí mismos la máxima expresión de la actividad científica y formativa de la SEPAR, pero además deben proporcionar beneficios económicos suficientes para reinvertirlos en el desarrollo de la investigación y demás fines que quedan reflejados en los Estatutos de la SEPAR, de manera que garanticen la solvencia, la sostenibilidad y la independencia económica de la Sociedad.
La preocupación de la SEPAR ha sido constante en mantener la buena práctica médica y cumplir todos los aspectos éticos en sus relaciones con los patronos y mecenas de RESPIRA y la industria en general, y particularmente en sus expresiones más directas, como son los congresos y las reuniones de invierno, siendo extensivas a todo tipo de reuniones organizadas o avaladas por la SEPAR. La elaboración de reglamentaciones al respecto no solo es útil desde el punto de vista organizativo y logístico, sino necesaria para prevenir o resolver eventuales conflictos de intereses.
Conflicto de interesesLos autores declaran no tener ningún conflicto de intereses.